Guía completa
Casarse en España siendo británico: lo que dicen las fuentes oficiales
Lo que exigen la ley española y el Gobierno británico, qué certificados intervienen y la alternativa de casaros en casa y celebrar en Sevilla.
Respuesta corta. Para casaros por lo civil en España, al menos uno de los dos tiene que tener domicilio aquí: lo dice la ley española y lo repite la guía del Gobierno británico. Si vivís en el Reino Unido, lo habitual es casaros allí y celebrar en Sevilla una ceremonia simbólica. Si queréis que el matrimonio sea español, hay certificados y trámites que conviene empezar con mucho margen.
Esta guía recoge lo que dicen las páginas oficiales, con el enlace a cada una. Donde no he encontrado una fuente oficial, no lo afirmo.
¿Puede una pareja británica casarse por lo civil en España sin vivir aquí?
Según la ley española, no por el camino civil ordinario. El artículo 58 de la Ley 20/2011 del Registro Civil (texto vigente desde el 3 de abril de 2025) dice que el notario tramita el acta previa en el lugar del domicilio de cualquiera de los contrayentes, y que el expediente lo instruye el letrado de la Administración de Justicia o el Registro Civil del domicilio de uno de ellos. En ambos casos, cada uno de los dos es escuchado por separado y de forma reservada. Sin domicilio en España, la ley no atribuye la competencia a ninguna oficina española.
La guía del Gobierno británico lo confirma: uno de los dos tiene que vivir en España o ser español. No he encontrado ninguna fuente oficial que permita saltarse este requisito, y las ofertas de «bodas exprés para turistas» no tienen respaldo en las fuentes oficiales que he leído. Algunos despachos de abogados sostienen otra cosa en sus webs; yo me atengo a la ley y a las guías oficiales.
Qué dice la guía del Gobierno británico
La página «Getting married in Spain», del Ministerio de Asuntos Exteriores británico (FCDO), explica lo siguiente. La consulté el 23 de octubre de 2026: su última actualización pública es del 3 de febrero de 2025 y su historial no registra cambios posteriores.
- Primero, la oficina española. Los documentos que hacen falta dependen del lugar donde os caséis. La página os pide contactar con el registro civil de ese lugar para saber cuáles necesitáis de la embajada británica.
- Dos certificados posibles. El certificado de estado civil (marital status certificate, MSC) y el certificado de no impedimento (certificate of no impediment, CNI). Se pueden pedir los dos en una sola solicitud.
- Formularios. Pueden hacer falta tres (declaración para el MSC, declaración para el CNI y aviso de matrimonio), y cada uno hay que notarizarlo por separado en España.
- El CNI británico no basta. Si vivís en el Reino Unido, pedís el CNI en un registro británico y lo canjeáis en línea por uno local, porque las autoridades españolas solo aceptan un CNI emitido en España. Si vivís en el extranjero o viajáis a España sin CNI británico, se pide por correo a una embajada en España. Si os piden MSC y CNI juntos, no hace falta el CNI del registro británico.
- Solo en línea. Desde el 3 de febrero de 2025 el consulado británico en Madrid no acepta solicitudes en papel de estos certificados.
Las condiciones de cada oficina cambian, así que lo más seguro es leer la página completa antes de pedir cita.
Documentos y plazos
La lista exacta la fija la oficina que tramite vuestro expediente (Registro Civil o notaría). Yo he resumido la lista habitual en la guía de requisitos para casarse en Andalucía.
Sobre los plazos, ninguna de las fuentes oficiales que consulté da un tiempo fijo. Entre reunir los certificados, canjearlos, traducirlos y tramitar el expediente, contad con varios meses y empezad en cuanto tengáis fecha.
La alternativa: casaros en el Reino Unido y celebrar en Sevilla
Es la ruta que eligen muchas parejas: os casáis legalmente donde ya vivís y en Sevilla celebráis la ceremonia que imagináis, con oficiante, votos y familia. Esa ceremonia no tiene efecto legal en España, y por eso no necesita apostillas, traducciones juradas ni certificados. Lo cuento con más detalle en el artículo sobre los mitos de casarse en España desde el extranjero.
Qué hago yo y qué hacéis vosotros
Os acompaño en el proceso: os explico qué se pide, coordino citas y documentos con las autoridades y me aseguro de que no os equivoquéis de ventanilla. No sustituyo al Registro Civil, a un notario, al consulado ni a un abogado. Los certificados de vuestro país y los trámites que exigen comparecencia personal los hacéis vosotros.
Fuentes oficiales
- Gobierno británico (FCDO): Getting married in Spain
- Boletín Oficial del Estado: Ley 20/2011 del Registro Civil, artículo 58, texto vigente desde el 3 de abril de 2025
Información orientativa, no asesoramiento legal. Última revisión: 23 de octubre de 2026. Confirmad siempre con el Registro Civil, una notaría o vuestro consulado.
¿Y ahora?
Si queréis casaros en Sevilla viviendo en el Reino Unido, contadme vuestra situación en una primera llamada gratuita y sin compromiso. Os digo qué ruta tiene sentido para vosotros y cómo la organizaríamos.
Primera llamada gratuita y sin compromiso